Bonificaciones a las PYMES y autónomos por contratar jóvenes (II)

    En este nuevo artículo, resumimos brevemente otras 2 bonificaciones aplicables a las PYMES y a los autónomos:

   

        3.Contratos a tiempo parcial de jóvenes con vinculación formativa.

            Las empresas con una plantilla inferior a 250 trabajadores que contraten a jóvenes sin experiencia laboral obtendrán una bonificación del 100% de las cuotas de la Seguridad Social por contingencias comunes durante un año.

            Si la plantilla fuera superior, podrán aplicar una bonificación del 75%.

            El trabajador deberá compatibilizar el empleo con la formación o justificar haberla realizado en los seis meses previos a la contratación.  El contrato puede ser indefinido o de duración determinada, con una jornada máxima del 50%.

            La empresa deberá mantener el nivel de empleo durante el periodo estipulado en el contrato con un máximo de doce meses y no haber realizado despidos improcedentes en los seis meses anteriores en puestos de trabajo similares. Este incentivo podrá aplicarse igualmente en la contratación de trabajadores con una experiencia laboral previa inferior a tres meses, que proceda de otro sector de actividad o lleve desempleado doce meses.

        4.Contrato de primer empleo para jóvenes.

            Las empresas que contraten a jóvenes sin experiencia mediante contratos temporales para luego transformarlos en indefinidos disfrutarán de una bonificación de las cuotas de Seguridad Social durante tres años por importe de 500 euros o 700 si se contrata a una mujer.     

            El contrato temporal debe tener una duración mínima de 3 meses y máxima de 6 y suponer al menos un 75% de la jornada a tiempo completo. Se exige a la empresa mantener el empleo durante un mínimo de un año a raíz de la transformación del contrato en indefinido. Los trabajadores deberán ser menores de 30 años, desempleados y con una experiencia laboral inferior a 3 meses.