La prestación por maternidad: ¿Exenta del IRPF?

    Las prestaciones por maternidad percibidas de la Seguridad Social NO están exentas del IRPF.

    Esta es la respuesta de la AEAT a las muchas reclamaciones y escritos recibidos solicitando la rectificación de las Rentas de los ejercicios de 2009 a 2012.    

    Estos escritos solicitaban a la Agencia Tributaria que se devolviera a los contribuyentes lo correspondiente a las cantidades satisfechas por la Seguridad Social en concepto de prestación por maternidad.

    Para la AEAT, "las retribuciones satisfechas en forma de prestación por maternidad por la Seguridad Social no están exentas y deben de considerarse rendimientos de trabajo".

    Eso sí, hay que tener clara la diferencia entre las prestaciones por maternidad satisfechas por la Seguridad Social y las percibidas de otros entes o administraciones.

    En este segundo caso, "las prestaciones públicas por nacimiento, parto o adopción múltiple, adopción, hijos a cargo y orfandad, asi como las prestaciones públicas por maternidad percibidas de las CCAA o entidades locales", SI están EXENTAS.

 

Fuente:www.expansion.com