¿Puedo deducirme algo en Renta si mis padres viven conmigo?

    En el caso de que tus padres o uno de ellos viva contigo, en la Declaración de la Renta podrás aplicarte el mínimo por ascendientes.

    ¿Qué entendemos por ascendientes? Los ascendientes serán  los padres, los abuelos, los bisabuelos,...de quienes descienda el contribuyente.

    ¿Y quiénes no lo son? Los tíos, los tíos-abuelos, los suegros,...

    Eso sí, para aplicarte el mínimo por ascendientes,éstos tienen que cumplir los siguientes requisitos (todos y cada uno de ellos):

        1. Que el ascendiente sea mayor de 65 años a la fecha de devengo del impuesto (generalmente el 31 de diciembre) o, cualquiera que sea su edad, que se trate de una persona con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

        2. Que convivan con el contribuyente, al menos, la mitad del período impositivo

        3. Que el ascendiente no haya obtenido en el ejercicio rentas superiores a 8.000 € anuales, excluidas las exentas del impuesto.

        4. Que el ascendiente no presente declaración del IRPF con rentas superiores a 1.800 €.

 El importe de esta deducción será de de 918 € anuales por cada ascendiente de edad superior a 65 años o con discapacidad cualquiera que sea su edad.

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