Sobre la Ley de Emprendedores (I): El criterio de caja...

    La  esperada Ley de Emprendedores se ha publicado en el BOE el sábado 28-9-2013. Aún está pendiente de aprobarse su Reglamento, por lo que muchos detalles están pendientes de aprobación.

   

     EL CRITERIO DE CAJA EN LA LEY

    

-¿Qué es el criterio de Caja?.

        Consiste en declarar el IVA REPERCUTIDO  cuando se cobra la factura y NO cuando se emite. Esto se aplica también al IVA SOPORTADO, cuando se paga la factura y NO cuando se recibe.

        Es importante tener en cuenta que si se reciben facturas de proveedores que se han acogido a este criterio, tienes que aplicarlo respecto a sus facturas. El emisor es el que manda. 

 

    -¿Cuándo se aplica este criterio de caja?

        Lo aplicarán los sujetos pasivos cuyo volumen de operaciones no supere 2 millones de euros al año

        Se aplica desde el 1 enero 2014.

        Vigencia mínima de aplicación: 3 años

    

      Operaciones Excluidas como el régimen simplificado de iva, los módulos, la inversión del sujeto pasivo, autoconsumo y operaciones asimiladas a prestaciones de servicios.

    El plazo máximo para declarar el iva repercutido (facturas emitidas) es el 31 de diciembre del año posterior a cuando se realizó la operación

    En la grabación de la Factura Emitida y Recibida hay que incluir, además de la Fecha de la Factura, la Fecha de pago.

 

 

 

    

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