Sobre la Ley de Emprendedores (I): El criterio de caja...
La esperada Ley de Emprendedores se ha publicado en el BOE el sábado 28-9-2013. Aún está pendiente de aprobarse su Reglamento, por lo que muchos detalles están pendientes de aprobación.
EL CRITERIO DE CAJA EN LA LEY
-¿Qué es el criterio de Caja?.
Consiste en declarar el IVA REPERCUTIDO cuando se cobra la factura y NO cuando se emite. Esto se aplica también al IVA SOPORTADO, cuando se paga la factura y NO cuando se recibe.
Es importante tener en cuenta que si se reciben facturas de proveedores que se han acogido a este criterio, tienes que aplicarlo respecto a sus facturas. El emisor es el que manda.
-¿Cuándo se aplica este criterio de caja?
Lo aplicarán los sujetos pasivos cuyo volumen de operaciones no supere 2 millones de euros al año
Se aplica desde el 1 enero 2014.
Vigencia mínima de aplicación: 3 años
Operaciones Excluidas como el régimen simplificado de iva, los módulos, la inversión del sujeto pasivo, autoconsumo y operaciones asimiladas a prestaciones de servicios.
El plazo máximo para declarar el iva repercutido (facturas emitidas) es el 31 de diciembre del año posterior a cuando se realizó la operación
En la grabación de la Factura Emitida y Recibida hay que incluir, además de la Fecha de la Factura, la Fecha de pago.