Nuevas bonificaciones para los contratos indefinidos...
El Real Decreto-ley 3/2014 , de 28 de febrero, de medidas urgentes para el fomento del empleo y la contratación indefinida.
Establece la llamada tarifa plana desde el 25 de febrero de 2014.
Dicha tarifa supone que la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes será una cuota de:
a) 100 €/mensuales en contratos a tiempo completo.
b) 75 €/mensuales en los contratos a tiempo con jornada de 75% o más.
c) 50 €/mensuales en los contratos a tiempo con jornada de 50% o más.
Esta tarifa es para los nuevos contratos celebrados entre el 25 de febrero de 2014 y el 31 de diciembre de 2014, no afecta a las horas extraordinarios que deben cotizarse y es incompatible con cualquier otro beneficio en la cotización a la Seguridad Social.
La tarifa es por un plazo de 24 meses y en empresas de menos de 10 trabajadores al celebrarse el contrato, 12 meses más al 50% (50, 37,5 o 25 €/mensuales.
Requisitos:
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
- No haber extinguido contratos de trabajo por causas objetivas, por despidos disciplinarios o despidos colectivos improcedentes en los 6 meses anteriores, a partir del 25 de febrero de 2014
- Incremento del nivel de empleo indefinido y total de la empresa.
- Mantener el empleo 3 años.
- No haber sido sancionado con la exclusión del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo.
Exclusiones:
- Relaciones laborales de carácter especial.
- Familiares; excepto de los hijos de autónomos menores de 30 años o mayores con discapacidad (DA 10ª Ley 20/2007)
- Contratación de trabajadores cuya actividad determine su inclusión en cualquiera de los sistemas especiales establecidos en el Régimen General de la Seguridad Social.(agrarios por cuenta ajena, empleados del hogar, etc).
- Contratación del sector público.
- Contratación de trabajadores que hubieren estado contratados en otras empresas del grupo de empresas extinguidos por causas objetivas, por despidos disciplinarios o despidos colectivos improcedentes en los 6 meses anteriores, a partir del 25 de febrero de 2014
- Contratación de trabajadores que en los 6 meses anteriores a partir del 25 de febrero de 2014 hubiesen prestado servicios en la misma empresa con contrato indefinido.