Ultimos consejos sobre la Renta: Deducción por vivienda
Desde el día 1 de enero de este año, se ha eliminado la deducción por inversión en vivienda habitual.
A pesar de esto, los que compramos la vivienda antes de esta fecha nos podremos seguir aplicando esta deducción en los siguientes casos:
1/ Los contribuyentes que hubiesen adquirido su vivienda habitual con anterioridad a 1 de enero de 2013 o satisfecho cantidades con anterioridad a dicha fecha para la construcción de la misma.
2/ Los contribuyentes que hubieran satisfecho cantidades con anterioridad a 2013 por obras de rehabilitación o ampliación de la vivienda habitual, siempre que las citadas obras estén finalizadas antes de 1 de enero de 2017.
3/ Los contribuyentes que hubieran satisfecho cantidades para la realización de obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual de las personas con discapacidad con anterioridad a 1 de enero de 2013, siempre y cundo, las citadas obras o instalaciones estén finalizadas antes del 1 de enero de 2017.
Nos podremos deducir el 15% del principal e interés del préstamo, sobre una base máxima anual de 9.040 €. Por tanto, la deducción general máxima anual puede ser hasta de 1.356 €
(Fuente :ABC)