En relación a la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de Diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, le informamos que se trata de una normativa aplicable a todas las empresas, organizaciones públicas o privadas que almacenen, utilicen o traten datos (de clientes, trabajadores…). Por lo tanto, TODAS han de adaptarse a esta legislación.
El cumplimiento de las obligaciones legales en materia de Protección de Datos es imprescindible y en caso de denuncia de un tercero o de inspección por parte de la Agencia de Protección de Datos, dicho incumplimiento está tipificado como sanción grave, con multas de 40.000 € hasta 300.000 €, dependiendo del grado de infracción.
Como quiera que el alcance de esta normativa exige de un tratamiento individualizado, hemos seleccionado la empresa Data Security, cuyos consultores, tras una entrevista personal y sin compromiso alguno por su parte, le darán cumplida satisfacción a sus dudas y necesidades y le presentarán presupuesto adaptado a las mismas, con un importante descuento sobre sus tarifas por su condición de Cliente de nuestra Asesoría.
Por este motivo, le informamos de dicha obligación cumpliendo con nuestro deber profesional de transmitir la conveniencia del cumplimiento de la normativa que afecta a nuestros Clientes, exonerándonos de la responsabilidad económica que se pueda originar por el incumplimiento de la misma por parte del receptor de esta advertencia.